sábado, 30 de octubre de 2010

PROBLEMÁTICA ESCOGIDA= REHENES Y SECUESTRADOS

Para analizar correctamente esta problemática de los rehenes y secuestrados en Colombia. Primero haremos una contextualización teórica de los lineamientos establecidos por el Derecho Internacional Humanitario sobre el secuestro. Seguido de esto presentaremos una contextualización del tema del secuestro en Colombia, y para finalizar un análisis acerca del trauma psicosocial de acuerdo a la problemática del secuestro retomando los planteamientos desarrollados por Ignacio Martín Baró.

CONCEPTUALIZACION TEORICA Y CONTEXTUALIZACIÓN DEL SECUESTRO Y TOMA DE REHENES EN COLOMBIA

El problema escogido por nosotros es el secuestro y la toma de rehenes. El secuestro es la privación de la libertad por vía extralegal, que se ha convertido, en la violación de los derechos fundamentales de la persona razón por la cual a continuación se analizara la evolución de dicha norma.
El secuestro, entendido por la legislación colombiana como "toda retención en contra de la voluntad de las personas, con el propósito de pedir a cambio de su libertad una utilidad específica o para sacar algún provecho" (artículo 169 Código Penal), constituye uno de los tipos de violación más grave.

En la historia de Colombia encontramos el secuestro de la niña Elisa Eder, ocurrido en 1933. Para el momento se habla de "rapto", Pero no se utiliza el término secuestro con la carga simbólica que hoy adquiere, Conducta para la fecha no representada en el ordenamiento penal colombiano. "Sólo en 1936 en el Código Penal, aparece la tipificación de éste" (Rubio, 2003, 8).
Años después, en 1965 tiene lugar el secuestro del industrial vallecaucano y ex ministro Harold Eder (padre de la niña "raptada" en 1933), que fue privado de la libertad en su finca. Este acto alcanzó proporciones nacionales; se percibía el incidente "como un atentado a la seguridad nacional". La dimensión política de esta acción se confirmó con la atribución de su responsabilidad "al grupo comandado por Manuel Marulanda, del cual surgirán un año más tarde, las FARC".

En la década de los 80, El M-19 se toma la Embajada de República Dominicana en Bogotá. En la acción el M-19 secuestró a diplomáticos de numerosos países que departían en una fiesta conmemorativa de la independencia de la República Dominicana. Después de la creación de estos grupos guerrilleros y paramilitares es que en Colombia se empezó a vivir el problema de secuestros constantes y masificados.
Las víctimas de estos secuestros no gozan de ninguna protección conforme a la ley, mucho menos de recursos legales frente a las acusaciones falsas o los abusos, y sus familiares tampoco pueden defenderlos.
Estas violaciones se considerarían desapariciones forzadas de acuerdo con el derecho internacional de derechos humanos si fueran cometidas por agentes del estado o grupos particulares en representación o con el apoyo de dichos agentes. El hecho de que estas acciones no constituyan actualmente una violación de tratados específicos de derechos humanos no debe invitar, sin embargo, a ningún tipo de confusión sobre su carácter. Los secuestros son abusos graves a los derechos humanos independientemente de las cuestiones técnico-jurídicas o semánticas que susciten. Constituyen además violaciones flagrantes de las obligaciones de las FARC-EP conforme al derecho internacional humanitario. Se trata de violaciones a disposiciones claves del artículo 4 del Protocolo II, que prohíbe los atentados contra la vida, la salud y la integridad física o mental de las personas, la tortura y los malos tratos.
En relación con los derechos fundamentales (la integridad y la libertad personal) y el Derecho Internacional Humanitario. Según la Ley 40 de 1993, existen dos modalidades de secuestro: secuestro Extorsivo, que incluye secuestro con fines económicos y/o con fines políticos; y secuestro simple.
La toma de rehenes viola el derecho internacional humanitario, en particular el apartado 1(b) del artículo 3 común a los Convenios de Ginebra y el artículo 4(2)(c) del Protocolo II. En Colombia, los actos que se califican de toma de rehenes de acuerdo con el derecho internacional humanitario se conocen comúnmente como "secuestros."

ANÁLISIS ACERCA DEL “TRAUMA PSICOSOCIAL” DEL SECUESTRO Y TOMA DE REHENES EN COLOMBIA

Estas consecuencias, consideradas científicamente Traumas psicosociales se pueden explicar como el resultado de mucho tiempo de aislamiento social o de estar expuesto a tortura psicológica. Son muy pocos los secuestrados que al haber sido liberados o rescatados no sufren ninguna de estas consecuencias. Aquellas personas que estuvieron largos periodos de tiempo en cautiverio les es muy difícil adaptarse de nuevo a la vida en general.
Se presentan distintas consecuencias psicológicas a raíz de un secuestro: locura, miedos inseguridad, agresividad, rechazo, amargura, inestabilidad emocional, desesperación.
Según Ignacio Martin Baro una problemática social como el secuestro se debe analizar desde una perspectiva que obliga a pensar a los psicólogos sociales y analizar los problemas de salud mental o física, en particular aquellos derivados de la violencia, como fenómenos personales, a históricos y des contextuados y posteriormente afrontar la violencia como un problema público, en este sentido político y comunitario, en un momento histórico particular y en un contexto específico.
Primero los problemas fundamentales de Latinoamérica o Colombia se deben principalmente a una injusta estructuración de sus sistemas sociales. Sociedades pobres, en donde se presentan desigualdades; sometiendo a los pueblos a condiciones miserables que permiten que solo unas pequeñas minorías disfruten de todo tipo de comodidades. En Latinoamérica la mayor parte del pueblo nunca ha tenido satisfechas sus necesidades más básicas de alimentación, vivienda, salud y educación. Un segundo reto que deben afrontar es la situación de guerra que se vive en estos países. Las consecuencias de esta violencia constante se proyectan en un estancamiento económico, social y político. El tercer desafío es la idea de seguridad nacional que se presenta en estos países, la existencia de que los países deben someterse a la lógica de la confrontación total.

Martín Baró señala que las ciencias sociales deben estudiar todos estos hechos, a partir del hecho de que son personas o grupos los que están detrás de estas acciones. Personas sometidas a los determinismos y condicionamientos que operan para determinar cualquier conducta en relación con su familia, hijos o equipos de trabajo y que por eso podemos comprenderlos y analizarlos, intervenirlos y confrontarlos.

2 comentarios:

  1. Con quién más es este blog. No anotas el nombre de ningún compañero?

    debes reconocer las fuentes de las cosas que escribes aquí y avanzar mucho más en tu propio análisis que queda oculto un poco en lo que copias. Me refiero a que vayas además mucho más lejos con la teoría para que puedas mirar en forma profunda el fenómeno.

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  2. Me gusto mucho tu blog, yo tambien escogi este tema y desarrollaste junto a tu ocmpanero de manera clara y sintetizada una buena descripcion contextual, conceptual e involucraste los planteamientos de trauma psicosocial otorgados por Martin-Baro

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